Sector · Comercio

Comisiones bancarias en comercio y distribución

El comercio descuenta papel, cobra recibos y convive con picos de stock. Cada devolución lleva comisión sobre el nominal. Cada descubierto, un fijo o un porcentaje.

  • A éxito
  • Sin desembolso inicial
  • Últimos 5 años

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Qué suele pagar este sector sin revisarlo

El margen del comercio es estrecho. Una comisión del 1% o 2% sobre nominales devueltos se come la operación. Por eso hay que sumar cinco años. Analizamos, entre otras, la reclamación de posición deudora o deuda vencida, el descubierto o excedido y las devoluciones de pagarés, cheques, efectos y recibos. No afirmamos que todo cargo de Comercio sea automáticamente reclamable: estudiamos cada concepto y cada contrato.

El problema concreto

Devolución de pagarés y cheques, recibos impagados de clientes y posiciones deudoras en la cuenta del almacén o de la tienda.

Documentación: no tienes que llegar con el archivo cerrado

Liquidaciones de descuento, extractos y listados de devoluciones. Con eso se puede abrir el estudio. El periodo de análisis se centra, con carácter general, en los últimos 5 años.

Mismo equipo, misma vía

Economistas y abogados en el mismo expediente. Reclamación extrajudicial y, si hace falta y hay base, judicial. Honorarios a éxito, conforme a la hoja de encargo.

Cada mes que pasa puede dejar fuera cantidades antiguas

Solicita ahora el estudio de las comisiones de tu negocio.

Quiero saber cuánto puedo reclamar

Dudas habituales

Preguntas que frenan a quien todavía no ha reclamado

¿Qué comisiones puede reclamar mi empresa?

Principalmente analizamos comisiones por reclamación de posición deudora o deuda vencida, descubierto o excedido, y devoluciones de pagarés, cheques, efectos y recibos, además de otros cargos bancarios que deban revisarse caso por caso. No toda comisión es automáticamente reclamable: estudiamos cada cargo y cada entidad.

¿Cuántos años puedo reclamar?

Con carácter general, el análisis se centra en los últimos 5 años, sin perjuicio de las circunstancias concretas y de posibles actos interruptivos de la prescripción. El periodo reclamable depende de cada caso.

¿Necesito conservar todos los extractos?

No. Empezamos con la documentación de la que ya dispongas. Te indicamos exactamente qué falta y cómo solicitarlo a cada entidad. El objetivo es que tu equipo administre el mínimo tiempo posible.

¿Cuánto me cuesta empezar?

El modelo es a éxito. No exigimos un desembolso inicial para iniciar el estudio y la reclamación en los términos de la hoja de encargo. Si no recuperamos nada, no se pagan honorarios de éxito.

¿Qué ocurre si el banco no paga voluntariamente?

Gestionamos la fase extrajudicial —entidad y, cuando proceda, Banco de España— y, si el caso es viable y resulta necesario, la reclamación judicial con los profesionales precisos.

¿Quién estudia mi caso?

Un equipo de economistas, auditores y abogados especializados en reclamaciones bancarias. Primero se localizan y cuantifican las comisiones; después se dirige el procedimiento.

¿Puedo reclamar aunque sea una sociedad y no un consumidor?

Sí. Las empresas y los autónomos pueden reclamar determinados cobros bancarios. El fundamento y la estrategia no son necesariamente los mismos que en una reclamación de consumo.

¿Toda comisión de descubierto o posición deudora es ilegal?

No. El mensaje correcto es que son comisiones susceptibles de reclamación cuando no cumplen los requisitos exigibles, por ejemplo cuando no responden a un servicio efectivamente prestado o a una gestión real y acreditada. Analizamos cada cargo antes de reclamar.